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Buzón de transparencia

Conforme a lo establecido en la Ley 10/2019, de 10 de abril, de Transparencia y de Participación de la Comunidad de Madrid, UNIVERSITAS XXI Soluciones y Tecnología para la Universidad cumple con el principio de publicidad activa. Adicionalmente, para el ejercicio del derecho de acceso a la información pública, la ciudadanía podrá presentar la correspondiente solicitud, que será tratada conforme a lo dispuesto en el Título III, Capítulo II, de la mencionada Ley.

El acceso a la información será gratuito.

En la solicitud de información se deberá indicar de manera obligatoria lo siguiente:

  • Identidad del solicitante.
  • La información que se solicita.
  • La dirección de contacto, preferentemente electrónica, a efectos de las comunicaciones a propósito de la solicitud.
  • Motivo por el cual se solicita dicha información (opcional).
  • Modalidad preferida de acceso a la información solicitada.

Cuando una solicitud esté formulada de manera que no se identifique de forma suficiente la información a que se refiere, se pedirá a la persona solicitante que la concrete, y se le facilitarán las indicaciones precisas que sean necesarias para ello, dándole un plazo de diez días, con indicación de que, si así no lo hiciera, se le tendrá por desistido en su petición, así como de la suspensión del plazo para dictar resolución.

El desistimiento y el archivo de la solicitud se acordarán mediante resolución expresa del órgano competente y en ningún caso impedirán la presentación de una nueva solicitud en la que concrete la información demandada.

La solicitud se podrá presentar a través de los siguientes medios:

  • Vía postal: la solicitud, con la información mencionada anteriormente, se dirigirá a la siguiente dirección postal:
    • UNIVERSITAS XXI Soluciones y Tecnología para la Universidad
    • C/ Arequipa, 1 bloque 1 3ª y 5ª planta
    • 28043 Madrid
  • Vía electrónica: mediante correo electrónico dirigido a [email protected]

Las resoluciones sobre las solicitudes de acceso se adoptarán y notificarán en el plazo máximo de veinte días desde su recepción. Cuando el volumen o la complejidad de la información solicitada lo justifiquen, el plazo se podrá ampliar por otros veinte días más, informando de esta circunstancia a la persona solicitante.

En caso de inadmisión a trámite por las causas prevista en la Ley, tal circunstancia se notificará lo antes posible y, en todo caso, antes de cinco días hábiles desde su recepción por el órgano que tenga las competencias para resolver dicha solicitud.

Los datos personales de las personas solicitantes de información serán tratados de acuerdo con la normativa vigente, con el fin de proporcionar correctamente la información solicitada. La información completa sobre el tratamiento de los datos personales se puede consultar en este enlace

Revisado en agosto de 2023